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Ley de protección de los glaciares

Comentarios: 2

La Cámara Argentina de la Construcción desea llamar a la reflexión sobre los alcances y efectos que podría tener la sanción del Proyecto de Ley de Protección de los Glaciares, a ser tratada en la Cámara de Senadores.

Entendemos que, en algunos aspectos, ellos no han sido aún suficientemente ponderados.

El artículo 6º inciso b) del texto propuesto prohíbe, en las áreas protegidas, “la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica y prevención de riesgos”

Pero además, por el artículo 5º,  la delimitación de las áreas protegidas deberá ser realizada por un Inventario, a lo largo de todo el país, tarea de indudable necesidad, pero que demandará muchos años al IANIGLIA, ente público designado al efecto.

En la práctica, ambas disposiciones del texto propuesto implicarán la paralización de todo tipo de obra pública o privada y de las grandes obras de infraestructura, en las zonas cordilleranas y pre-cordilleranas, lo que tendría un impacto económico y social muy significativo en sus áreas de influencia, que abarcan gran parte de once provincias.

Además, tal situación afectaría la planificación estratégica de la infraestructura energética, vial y civil del país y paralizaría los esfuerzos de integración con la Cuenca del Pacifico.

La Cámara Argentina de la Construcción ratifica su compromiso con la protección del medio ambiente pero entiende que ella debe ser encarada desde el concepto más abarcativo de un Desarrollo Sustentable, que armonice las necesidades de cada una de las regiones del país y el bienestar de las actuales y futuras generaciones.

2 comentarios en Ley de protección de los glaciares

  1. 1

    Felipe Balcaza:

    # 28/09/2010

    Me parece que en el afán de hacer obras,que casi nunca redundan en una mejora económica para los lugareños y/o ciudades y/o naciones.No nos está importando destruír glaciares,selvas,montes.etc.en nombre del mal llamado PROGRESO.PAREN DE DESTRUÍR Y COMIENCEN A CONSTRUÍR

  2. 2

    Rubén J.Calderon:

    # 30/09/2010

    Creo válida la preocupación de la Cámara de la Construcción,pero considero que el criterio abarcativo debería tal véz promover que todo aquel proyecto que resultare influído y/o perjudicado por esta ley,tenga a bién informar con lujo de detalle: Lugar del mismo,destino,monto de la inversión,empresa o empresas involucradas,proyección a largo plazo,estudio de sustentabilidad y balance de probabilidades entre otras, siendo así puntualmente abarcativo a la sociedad toda que generalmente no tiene voz ni voto cuando de codicia mal llamada inversión se trata.Eso creo yo podría ser una buena propuesta.

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