Ley que impulsa las energías renovables
Se realizó el segundo encuentro de asesores de la Comisión de Energía y Combustibles para discutir sobre la iniciativa que se propone actualizar la ley 26.190. Fue a puertas cerradas y según indicaron fuentes del sector hubo preguntas técnicas sobre la iniciativa.
La propuesta es actualizar la ley de energías renovables 26.190, con vistas a que en 2017 un 8 por ciento de la generación de energía eléctrica sea aportada por fuentes alternativas. Para ello establece una ingeniería financiera, pocas vistas en la actividad.
Tiene un nombre: Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER), que se conformaría de la siguiente manera:
Destinar un mínimo del 50 por ciento del ahorro efectivo en combustibles líquidos causado por las energías renovables (se calcula que las energías renovables ahorrarían al fisco 41.000 millones de dólares hasta el año 2025)
Cargos específicos a la demanda
Recupero de capital e intereses de la financiación otorgada
Dividendos o utilidades percibidas por titularidad de acciones o participaciones en proyectos o ingresos por sus ventas
En cuanto al mecanismo de promoción fiscal, el nuevo texto propone:
a) Amortización acelerada del impuesto a las ganancias, a lo que se suma:
b) Devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
c) Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
d) Certificado Fiscal por el 20 % del componente nacional siempre que se integre un mínimo del 30%.
e) Exención del impuesto sobre la distribución de dividendos (10%) ante la reinversión de utilidades.
f) Exención de los derechos de importación para bienes de capital y equipos hasta 2017.
g) No aplicación de tributos específicos, regalías nacionales, provinciales y municipales durante el régimen de fomento.
h) Traslado de posibles aumentos fiscales a los precios de los contratos.
Otros puntos de interés
i) Tratamiento para el despacho como central hidroeléctrica de pasada, lo que brinda prioridad de despacho a los proyectos.
j) Aporte de la reserva de potencia soportado por todo el sistema.
k) Límite de 113 us$/MWh promedio al precio de los contratos suscriptos por los Grandes Usuarios (muy inferior a la penalidad de 200 us$/MWh).
l) Prioridad de acceso al financiamiento público (FODER) a proyectos con mayor integración de componente nacional.
23/04/2015
Creado por Vivienda
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