Ley de fomento de energías renovables
Entre Ríos- Fue promulgada la ley por la cual la Provincia adhiere a la ley que estableció un “Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica”.
El Ejecutivo deberá reglamentarla en 90 días. Según la normativa nacional, son fuentes de energía renovables la eólica, solar, geotérmica, mareomotriz, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración y biogás. Adicionalmente, la ley provincial considera renovables a las energías hidrocinética, mini hidráulica y la proveniente del hidrógeno. La ley Nº 10.499 dispone la adhesión de Entre Ríos a las disposiciones de la Ley Nacional N° 26.190 y su modificatoria Ley nacional N° 27.191, de “Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica”.
La ley provincial Nº 10.499 establece además que será el Poder Ejecutivo el responsable de determinar cuál será la autoridad de aplicación. Además, deberá reglamentar la ley dentro de los 90 días a partir de su promulgación.
Dispone que se invite a municipios y comunas de la provincia a adherir a la presente y a dictar las ordenanzas pertinentes a fin de promover la generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.
La norma fue sancionada en la Legislatura provincial el 28 de junio pasado, y promulgada el 7 de julio.
02/08/2017
Creado por Vivienda
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