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Entre Ríos avanza con la ley de ordenamiento territorial y desarrollo sustentable

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Los Ministerios de Planeamiento y de Gobierno y Justicia avanzan en la elaboración de una norma marco que defina los alcances, procesos de planeamiento y un sistema de instrumentos de planificación y actuación en vista a un desarrollo territorial equilibrado en el mediano y largo plazo.

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Desde hace un tiempo se avanza en la elaboración de una Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sustentable que busca incidir positivamente en la transformación de las distintas regiones, mejorar la calidad de vida en las ciudades y pueblos, promover el arraigo en el campo, propiciar el empleo y la seguridad de las inversiones, atender al uso sustentable de los recursos naturales, optimizar la inversión pública y privada, lograr la participación de los habitantes en cuestiones centrales de su hábitat entre otros puntos.

Este proyecto de ley resulta complementario del proyecto de ley de Comunas que prevé otorgar facultades para el ordenamiento territorial de sus jurisdicciones. A los fines de que estas competencias de las futuras Comunas puedan ejercerse adecuada y convenientemente, resulta necesario contar con un marco ordenador general que promueva la sustentabilidad del desarrollo territorial y brinde un respaldo jurídico e instrumentos de gestión apropiados.

Este proyecto, que se viene elaborando en articulación con el Ministerio de Gobierno “establece un marco rector general y define objetivos, competencias, principios, autoridad de aplicación, instrumentos y recursos, para el desarrollo territorial equilibrado y sustentable en el mediano y largo plazo” explicó la secretaria de Inversión Pública, Elda Albornoz.

El proyecto de ley define los alcances, establece los procesos de planeamiento y un sistema de instrumentos de planificación y actuación, considerando las diferentes escalas del territorio y las competencias concurrentes.

“Hemos definido una estructura para la norma en diferentes Títulos a lo largo de los cuales se establecen los principios rectores, que buscan definir preceptos de fondo para respaldar la interpretación del texto y sus futuros decretos reglamentarios, además se establecen aspectos específicos para hacer operativos los objetivos, definiendo categorías de suelo a los fines de contar con una tipificación básica que permita dar coherencia y continuidad a los planes de ordenamiento de las diferentes jurisdicciones” detalló Albornoz.

También se tipifican criterios y lineamientos generales para el tratamiento de los recursos naturales, de los asentamientos humanos urbanos y rurales, las actividades productivas y su localización en el territorio y los sistemas de infraestructuras a fin de que sean planificados en sintonía con los demás subsistemas. Además se aborda el proceso de planificación propuesto y las diferentes escalas en que se desarrolla.

Además incorpora una serie de instrumentos que permiten implementar el proceso de Ordenamiento Territorial en las diferentes escalas. Así mismo define la autoridad de aplicación a través de una Agencia de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sustentable, un Consejo de Planificación y Ordenamiento Territorial y una apuesta fuerte a la consolidación y jerarquización de las áreas de planificación provinciales y municipales.

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