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Accidentes de ascensores

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·  La FACARA (Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina) revela que el 48% de los accidentes de ascensores corresponde a faltas en el mantenimiento del equipo (32 % por un deficiente sistema de seguridad y 16 % por fallas de la instalación eléctrica).

·  Se estima que 9.500.000 de personas utilizan ascensores todos los días en la República Argentina,  siendo el segundo medio de transporte en cantidad de usuarios luego del auto y por encima del tren, el subte y el colectivo.

En la ciudad de Buenos Aires se registraron 250 accidentes en los últimos diez años; alrededor del 18% ocurrió por malas maniobras de las víctimas y la mitad de los siniestros se dieron en viviendas o edificios multifamiliares donde viven niños y ancianos, revela Andrés Pozzo, presidente de la Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina (FACARA). Según su relato, estos siniestros se podrían haber evitado si se hubiera controlado correctamente la fabricación e instalación, y los equipos tuvieran un mantenimiento acorde con las normativas del transporte vertical, así como los controles adecuados.

CAUSALES DE ACCIDENTES EN ASCENSORES (*)

o DEFICIENTE SISTEMA DE SEGURIDAD: 32%
o OTROS (*)  Pie de Ascensor: 22 %
o MALA MANIOBRA DE LA VICTIMA: 18 %
o DEFICIENTE INSTALACIÓN ELÉCTRICA: 16 %
o NO SE CONSTATARON ANOMALÍAS: 12 %

Uno de los principales problemas del control de los equipos, según la FACARA, es que los municipios no tienen el suficiente número de profesionales para verificar el mantenimiento correcto, o los mismos no están actualizados en la última tecnología en ascensores como para realizar los controles correspondientes del mantenimiento, la fabricación e instalación. “El ascensor de por sí es un equipo intrínsecamente seguro, cuando se lo fabrica, instala y mantiene de acuerdo con la normativa”, sintetiza Pozzo.

Actualmente, las normativas que rigen la instalación y conservación de los ascensores en C.A.B.A. son la ordenanza municipal 27.228/72; la ordenanza municipal 49.308/95, el decreto reglamentario 578/01 y la Ley 962. Y en las ciudades de Córdoba, Santa Fe, Mar del Plata, La Plata y Mendoza, tanto como el resto de las principales ciudades del país existen normativas similares.

“En virtud de lo exigido en estas normativas se establece la obligación a todo titular de finca o inmueble que posea medio de elevación la contratación de una empresa conservadora debidamente registrada ante la autoridad de control y registro, la cual debe velar por la integridad de la instalación”,detalla el directivo de FACARA.

“En relación a las normativas vigentes para la fabricación e instalación de sistemas de transporte vertical para la ciudad de Buenos Aires, al día de hoy rige la Ley 962 (ley de accesibilidad) y el Código de la Edificación de 1972 el cual no contemplaría en su totalidad los avances tecnológicos actuales, quedando algunos equipos fuera de su alcance. Un ejemplo son los ascensores hidráulicos, que sí están contemplados en las normas  Mercosur y europeas”, asegura Pozzo.

La prevención como mejor herramienta
La seguridad del ascensor se basa en cuatro pilares fundamentales (todos los actores con ella relacionados deberían tomar conciencia de la importancia de su rol en el buen uso y/o acciones directas o indirectas):
·  La empresa conservadora y su represente técnico,
·  El consorcio o propietario y su representante (el administrador)
·  El usuario
·  El organismo de control

Sobre las medidas que deben tomarse en general para que el transporte vertical sea más seguro, la FACARA indica que: “Es fundamental el buen funcionamiento del sistema de contralor que debe ejercer el gobierno, realizando inspecciones periódicas para evaluar el comportamiento de los ascensores. Y, por parte del consorcio o dueño del edificio donde se encuentra el ascensor, se debe contratar una empresa idónea que cumpla con lo requerido por las normativas vigentes y que tenga personal capacitado para la atención del servicio. Es esencial atender las anotaciones que realiza el representante técnico de la empresa en el libro de inspección de ascensores para determinar los trabajos a realizar para el correcto funcionamiento y seguridad de los equipos.”

Algunos puntos que el consorcio o el propietario debe tener en cuenta para cumplir con las normas vigentes:

·  Debe existir habilitación y libro de ascensores adecuado a las normativas
·  Debe poseer un seguro de responsabilidad civil exclusivo para los ascensores
·  La empresa debe estar habilitada ante el GCBA o municipio correspondiente
·  Debe poseer un representante técnico habilitado para las funciones que determina el GCBA o municipio correspondiente
Que debe pedir el consorcio o el propietario, a la empresa de conservación para evaluarla:

·  Permiso de conservación con fecha vigente
·  Seguro de responsabilidad civil acorde a normativas vigentes
·  Certificado de cobertura de ART con la lista del personal contratadoUn detalle de la estructura de la empresa (Organigrama) describiendo Gerentes, Representantes Técnicos, Supervisores, Técnicos, Operarios y verificar con el certificado de ART.
·  Precisar el tipo de servicio que cubre el abono (simple, semi-integral o integral, tiempo promedio de atención de reclamos, si tiene guardia de 24 horas y como la brinda, etc.)

También los usuarios deben ser concientes de las reglas básicas de uso para evitar accidentes. La FACARA recomienda:

No usar el ascensor en caso de incendio o inundación.
Los niños deben viajar siempre acompañados de un adulto y alejados de las puertas.
Los menores deben descender siempre delante de quienes lo acompañan.
Antes de ingresar, asegurarse que el ascensor esté al nivel del piso.
Respetar la capacidad máxima de carga.
No detenerse entre las puertas del ascensor.
No introducir las manos o pies entre las puertas tijeras.
Si el ascensor se detiene fuera de los pisos no tratar de descender por los propios medios, se debe pulsar la alarma y esperar.
No intentar forzar las puertas en ningún momento.
No hacer movimientos bruscos dentro de la cabina.
No rescatar a las personas atrapadas, sino llamar a la empresa conservadora para su auxilio.
Para el mantenimiento del ascensor, contratar a una empresa responsable

(*) Un 22 % de los accidentes corresponden al llamado pie de ascensor. Para disminuir esta cifra se debería contar con la legislación pertinente por parte de los municipios que genere la obligación de cambiar estas puertas vía una ordenanza o ley. Sin este instrumento legal, a las empresas responsables del mantenimiento les resulta difícil crear conciencia en los consorcios para que las cambien por puertas seguras y reglamentarias. (Las cifras de accidentes están basadas en datos de Bomberos de la Policía Federal Argentina provistos a la FACARA)

Más información en www.facara.com.ar

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